martes, 4 de octubre de 2011

Las cosas no eran así de como se hacían.

Este post va a ser largo, pero es la única forma que tengo de explicaros como son las cosas, y como se les da la vuelta.

Sorprende además, como vamos a favor de obra, dando más crédito a las palabras de los socios obligados, que a las de los que fueron sus "compañeros", intentando desprestigiar mi gestión con el más absoluto descaro, sorna e indiferencia.

Pero, lamentablemente, esto  es lo que hay.

                

Vamos al tema. Recordemos las palabras de Alf:

Alf: “Esa cantidad que yo digo que se deja de pagar, por principio por problemas de austeridad que estamos con el gasto, viene propiciado porque se hizo un, bueno parece ser que esto se propuso a una Junta de Gobierno en el año 2.010, que nunca se aprobó. Nunca se aprobó esa cantidad, y esa cantidad estaba en función de hacer unos turnos fijos, porque se iban a hacer una serie de cosas”… (y lee un documento, que se entiende que es la propuesta que yo realicé, y que estaba en función de hacer una serie de cosas, que según D. Alfonso tampoco se hicieron.)

Sigue Alf: “Que la propia secretaría informaba diciendo de que no eran así las cosas de como se hacían. La Junta de Gobierno lo deja todo a expensas de ese informe de secretaría que no se produce en los dos siguientes Juntas de Gobierno, la cual no se aprueba nunca al final. Yo si lo he llevado a la Junta de Gobierno, para que ver que se hacia con el tema”. (Pues creo que la ha cagao con el tema)

Entonces, tal y como dice Alf, la propuesta para establecer los turnos fijos que yo hice, nunca se aprobó.

Parece que la Alcaldesa da la razón al Sr. Redondo, ya que no solo no le corrige su afirmación, sino que además la apoya.

Recordemos las palabras de la Alcaldesa en el pleno pasado:

- Alcaldesa: "No pero a ver, estamos mezclando eh? Una cosa es el documento al que ha dado lectura y otro es el acuerdo de Junta de Gobierno. Es un documento, que es con ese nº de registro".

-Sigue Alcaldesa: "El acuerdo de Junta de Gobierno es, -se pedirá el informe correspondiente tal-, pero no tiene nada que ver con esa propuesta, ni ese documento".

Intentando dejar claro, que se solicitó un informe, y ahí quedó la cosa, (como siempre que no se quiere hacer algo. Te marean, te torean, se piden mil informes y al final pasa el tiempo, te da el alfzheimer, y se te olvida el asunto).

Bueno hombre, pues parece que le seguimos el rollito. Es más, incluso le anima a que de un nº de registro el 1.175. Le alienta, di lo, di lo:

-Alcaldesa: "El documento, da le el nº de registro del documento, y le facilitas"...

- Alf: "Si. 1.175. Este acuerdo se pasó por Junta de personal, y la Junta de personal se inhibió". ( Pues yo con ese nº de registro tengo otro documento, pero en fin, si es igual)

Sigue sin corregirle, por lo que la impresión que se deja, es la de que la cosa no se hizo por los cauces reglamentarios. 

Lo que no nos queda claro, es si finalmente no se hizo el informe de secretaría, ese que se iba a pedir, o dónde está el que parece que si se hizo, que decía que "las cosas no eran así de como se hacían", porque resulta que todos los meses, uno detrás de otro, se expide un decreto de Alcaldía, rubricado por la propia Alcaldesa y el Secretario, que no voy a publicar por contener datos personales, pero que os transcribo prácticamente en su totalidad y que dice así:

DECRETO ALCALDESA
SRA. LOPEZ PARTIDA

Visto el expediente de la nómina del mes de (enero, febrero, o el que toque, y llevan a sí casi un año, eh?), de 2.011, y vista las propuestas de la Concejalía Delegada de Seguridad, (las que yo hice en su día), relativas al abono a diversos empleados públicos de importes detallados por los respectivos conceptos que se dirán más abajo, así como visto el informe de Intervención Municipal emitido al efecto, (que me supongo favorable, lógicamente) y en virtud de las competencias que me atribuye el art. 21. f de la Ley 7/85 de 2 de abril, por el presente

HE RESUELTO: (Resuelve la Alcaldesa)

Aprobar los siguientes gastos específicos por los importes y conceptos indicados. ( Perdón como dice???, aprobar he creído entender???)

Y sigue diciendo:

Nombre: Fulanito, Concepto: Gratificación, Importe: 100 euros, Relación: Funcionario, Departamento: Policía Local, Causa/Motivo: Incremento de la Nocturnidad. (Parece que pone incremento de la nocturnidad??? o estoy estramoniando??? (Si es que, como dice un buen amiguete, ¡que asco da saber leer, oye!)

2º Aprobar las nóminas del mes de , (enero, febrero o el que toque), por importe de X euros.

3º Aprobar los gastos de seguridad social por importe de X.

4º ( Muy importante ) Ordenar la correspondiente tramitación de los gastos anteriores y ordenar el pago correspondiente. (Parece que dice ordenar el pago???)

5º Las ordenes de pago correspondientes que contienen en soporte magnético los haberes a abonar, están debidamente firmados a fecha de hoy por el Sr. Interventor y la Sra. Tesorera. ( Vaya, que además están debidamente firmados, luego informe favorable de intervención...)

Lo que ordena la Sra. Alcaldesa para su cumplimiento, en Valdemorillo, a fecha tal del tal. ( Quién lo ordena dice????)

Y van, y firman.

La Alcaldesa, y el secretario, que da fe.

Con lo que se entiende, que algo, algo, lo que se dice algo, debe de haberse aprobado.  Digo yo.

         
                           



Pero lo que más me sorprende es que la Alcaldesa haya tenido este pequeño lapsus.

Que no se acuerde de lo que firma todos los meses, con lo que le debe escocer rubricar este decreto.

Vamos a ver Pilar, a quién te has querido cargar? Al decreto, al Alf, o a qué jugamos?

Pero por si nos quedaban dudas de que mi propuesta esté debidamente aprobada, vean el detalle de la memoria de Alcaldía, de los presupuestos pasados, en la que se reconocen las gratificaciones por el aumento de la nocturnidad, como gastos de personal.

¿Lo han leído ustedes o me estoy trastornando? ¿Como es posible entonces que se reconozca un gasto en la  presentación de los presupuestos anuales que no está aprobado?

Y por si fuera poco, encima, la propuesta se presentó firmada en su día conjuntamente por la Concejal de seguridad, ( mi cargo por aquel entonces) y todos los representantes sindicales de cada una de las secciones existentes en policía, tal y como se negoció y acordó con todos ellos, siendo apoyada además por la práctica totalidad de la plantilla, y siguiendo las indicaciones que dicta el artículo 37.2 de la ley 7/2.007 del Estatuto del Empleado público en cuanto a la no obligatoriedad de la negociación con la Junta de Personal, por ser una decisión que afecta a la potestad de organización y necesidades del servicio. (Aún así, se les hizo participes).

¿Que?, ¿Les saco más papeles, o les vale con estos?

¡Ala majetes!

Hasta el próximo. Que sigue la gracia.